sábado, 3 de enero de 2015

¿Qué medios tiene la DGT para contar los accidentes de tráfico?

El pasado día 1 de enero entró en vigor la Orden INT/2223/2014, de 27 de octubre, por la que se regula la comunicación de la información al Registro Nacional de Víctimas de Accidentes de Tráfico. Una Orden que sustituye el concepto de accidente de circulación por el de accidente de tráfico con víctimas así como las circunstancias que deben darse para que sea reconocido como tal. Por otro lado, nos aclara cuando el vehículo está implicado en un accidente de tráfico y qué personas pueden verse implicadas en el suceso.
Una nueva regulación orientada a los agentes encargados de la vigilancia y el control del tráfico para que puedan realizar un registro informatizado de los accidentes de tráfico con o sin víctimas tras el volcado de los datos obtenidos en el lugar del accidente. De esa manera, facilitan a la DGT las cifras sobre siniestralidad vial a tiempo real. Una información que pasa al titular del Ministerio del Interior, Fernández Díaz y que termina conociéndose en los medios: “El año 2014 se cerró con un total de 1.131 fallecidos en 981 accidentes ocurridos en vías interurbanas, apenas tres personas muertas por debajo de los registrados el ejercicio anterior”. Unas cifras que no restan sino más bien suman a las que, por desgracia, se van produciendo casi a diario en nuestras calles y carreteras.

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