Conducir sin carné es el segundo delito contra la seguridad vial más común solo por detrás de quienes lo hacen bajo la influencia de drogas o alcohol. Más del 25% de las condenas (26.202 conductores en 2012) lo fueron por esta causa.
Según el artículo 384 del Código Penal, se considera conducir sin carné manejar un vehículo a motor o ciclomotor cuando se han perdido todos los puntos asignados, cuando el conductor ha sido privado cautelar o definitivamente de la licencia por decisión judicial o cuando nunca se ha obtenido un permiso de conducir.
Circular con un carné de otro país, aunque no esté convalidado en España, no es un delito sino una falta administrativa.
http://politica.elpais.com/politica/2014/01/25/actualidad/1390680203_094817.html
No hay comentarios:
Publicar un comentario