lunes, 20 de febrero de 2017

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL AVALA LA NORMATIVA NACIONAL SOBRE APARCAMIENTO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD

El TC ha establecido las condiciones básicas necesarias para garantizar el reconocimiento de este derecho en todo el territorio nacional.
El Tribunal Constitucional ha desestimado casi en su totalidad el conflicto de competencias que presentó el Gobierno Vasco contra el Real Decreto que regula el estacionamiento de personas con discapacidad al entender que la norma estatal garantiza que este derecho pueda ser ejercido por igual en toda España.
El Tribunal ha desestimado las pretensiones del Gobierno Vasco al entender que el Ejecutivo de Mariano Rajoy no ha invadido la competencia autonómica en materia de asistencia social, sino que ha establecido las condiciones básicas necesarias para garantizar el reconocimiento de un derecho o beneficio, como es la autorización para el uso de plazas de estacionamiento reservado a personas con movilidad reducida en condiciones de igualdad en todo el territorio.
La sentencia, cuenta con el voto particular de la vicepresidenta del tribunal, Adela Asua, quien da la razón a Euskadi porque cree que el Gobierno ha establecido una "regulación completa y detallada del régimen jurídico aplicable" en lugar de limitarse a fijar las condiciones básicas para garantizar la igualdad en el acceso al derecho a una tarjeta de estacionamiento reservado.
La sentencia recuerda que la competencia autonómica "no impide el ejercicio de las competencias del Estado" cuando se trata de establecer unas condiciones básicas que garanticen la igualdad de los ciudadanos.
El Tribunal analiza cada uno de los preceptos impugnados y declara constitucionales todos ellos menos dos, en los que da la razón al Gobierno Vasco. Uno de ellos es el artículo 8, que establece las obligaciones y sanciones a los titulares de las tarjetas, y otro es el 10 de ese Real Decreto, en el que se regula la renovación de la misma.
El tribunal considera que, por su grado de detalle, corresponde a la comunidad autónoma. Por el contrario, según el TC no invaden la competencia autonómica vasca otros preceptos como el que define las tarjetas de estacionamiento como documento público y que debe ser igual en todo el territorio nacional, el que especifica qué personas tienen derecho a ellas y el que establece la cantidad mínima de plazas que deben reservarse en los municipios y en los establecimientos sanitarios.
También avala otros artículos y disposiciones del Real Decreto sobre a quién se deben conceder estas tarjetas y en qué condiciones se pueden usar o el que regula la tarjeta provisional que se concede de manera transitoria.

No hay comentarios:

Publicar un comentario